Trámites ante la IGJ

Ofrecemos una amplia gama de servicios de asesoramiento legal a empresas nacionales y extranjeras e instituciones de diversos sectores, como así también a abogados, contadores y escribanos. Los abogados que integran el Estudio tienen la experiencia y los conocimientos necesarios al igual que un compromiso constante con el profesionalismo y la ética.
•Juicios civiles y comerciales
•Procedimientos administrativos
•Recursos administrativos nacionales y provinciales.
•Asesoramiento general empresario: Constitución de sociedades; Inscripciones y registros societarios; Reorganizaciones societarias; Participación dentro de los órganos societarios de administración y control; libros y registros societarios, redacción de actas y poderes; Realización de todo tipo de trámites de inscripción y presentaciones ante el Registro Público de Comercio; Asesoramiento a accionistas extranjeros.
•Cumplimiento de normas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

lunes, 30 de diciembre de 2013

Demora o silencio de la IGJ

SOLUCIONES JURISPRUDENCIALES FRENTE A LA DEMORA O SILENCIO DE LA ADMINISTRACIÓN

El presente trabajo analiza los últimos fallos dictados en amparos originados por la demora en trámites ante la IGJ o bien en quejas ante el silencio del organismo. Así frente a esta realidad se plantean conflictos de competencia entre la justicia comercial, la civil y la contencioso administrativa como también se fijan las pautas para acceder a la justicia como consecuencia de la aplicación del principio silencio de la administración como denegatoria de petición.
“MUNITA RICARDO Y OTROS c/ ENIGJ- Mº JUSTICIA Y DDHH (EXPTE 1638512-4007967) s/AMPARO POR MORA”.

Frente al decisorio del juez de primera instancia en lo contencioso administrativo federal de declararse incompetente y ordenar la remisión a la Justicia Nacional en lo Civil, la actora interpone recurso de apelación, el cual es rechazado por la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo federal.
Fundamenta el rechazo en que la mera interposición de un amparo por mora no determina -por sí- la competencia de la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, dado que el art. 28 de la ley 19.549 no establece cuál es el juez competente para impartir la orden judicial de pronto despacho y, por lo tanto, a tal efecto debe analizarse la subsunción del caso al derecho administrativo
En la especie el amparo por mora se vincula con una petición formulada -por un Centro de Jubilados- a la Inspección General de Justicia, advirtiendo el tribunal que contra las resoluciones de la IGJ (referidas a asociaciones civiles y fundaciones) se halla previsto un recurso judicial que tramita por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de esta Ciudad, el cual también se habilita ante la denegatoria tácita por vía del silencio (conf. art. 16 y 19 de la ley 22.315).
Por ello desestima la apelación y confirmar la resolución que declaró la competencia de la Justicia Nacional en lo Civil, toda vez que las normas que atribuyen competencia a determinados tribunales para entender en ciertas materias, son indicativas de una especialización que el ordenamiento les reconoce y constituye una relevante circunstancia a tener en cuenta

SANTOS VEGA SAAG C/ INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA -MINISTERIO DE JUSTICIA S/ AMPARO. Expte N° 074490/2013
Se inició la acción de amparo con el fin que se ordene a la Inspección General de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, que disponga la inscripción del cambio de domicilio y designación de autoridades resueltos en la asamblea de 31/10/2012 con arreglo al art.60 de ley 19550.
El accionante relató las constantes presentaciones que efectuó ante ese organismo con el fin de cumplimentar las vistas generadas por el mismo, lo que pese a su cumplimiento hizo caso omiso de cumplir con las registraciones solicitadas. Esta actitud arbitrariamente manifiesta, le genera una actual lesión de sus derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los pactos y tratados internacionales incorporados a ella por su art. 75 inc.22.
 El titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17 se declaró incompetente el 25 de septiembre de 2013 por cuanto consideró que la acción promovida requiere el examen de la falta emisión de pronunciamiento de la Inspección General de Justicia, es decir, un problema cuya naturaleza resulta ajena a la competencia del fuero comercial.
Agregó que no se observa que el objeto demandado encuadre en los términos descriptos por los arts. 16 Y 17 de la ley 22315, que torna competente a la alzada del fuero comercial en los supuestos de recursos de apelación de las resoluciones emanadas de la Inspección General de Justicia (IGJ), en calidad de ente de control situación que, a su entender, difería de la presente causa, en la que justamente no se recurre ninguna resolución emanada de dicho órgano, sino que se mantiene una morosidad del ente. Es por ello, que al tratarse de una situación que alude a la función administrativa corresponde encuadrarla en las causas contencioso administrativas.
Por ello y teniendo en cuenta que el amparo por mora de la administración integra la competencia del fuero contencioso administrativo, rechazo la radicación del amparo, y ordeno remitir las actuaciones al juzgado de origen (el amparo se había iniciado en la justicia contencioso administrativa y el Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 se declaró incompetente).
Finalmente la Sala III de la Cámara contencioso Administrativo Federal en octubre de este año resolvió, como consecuencia de la remisión dispuesta por la Jueza a cargo del Juzgado N° 5 de ese fuero, devolver las actuaciones a la Justicia Comercial y declarar competente ese fuero.
Argumentó que la competencia del Fuero aparece definida en virtud de la subsunción del caso al derecho administrativo y no determina una solución distinta el hecho de que se demande a la Nación o a un ente autárquico o descentralizado o que se discuta el alcance de un acto administrativo o de lo resuelto en el marco de un procedimiento administrativo, pues la competencia en lo contencioso administrativo requiere que, además de ser parte en el pleito una persona aforada, la pretensión esté regida preponderantemente por el derecho administrativo.
Concluyo que para determinar la competencia en cada caso en particular corresponde atender a la exposición de los hechos que se desprenden de los términos de la demanda, así como la relación de derecho existente entre las partes. En tales condiciones, teniendo en cuenta los términos del planteo articulado en el escrito de inicio, el Tribunal advirtió que la controversia no remite directamente a la aplicación de normas y principios de derecho administrativo, sino que en la misma aparece claramente involucrada la inteligencia y aplicación de normas y principios de derecho comercial.
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA C/ BELGRANO DAY SCHOOL S.A S/CONVO. ASAMBLEA ADM ACCIONISTAS S/ QUEJA
El 7 de agosto de 2013 la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Comercial en autos caratulados INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA C/ BELGRANO DAY SCHOOL S.A S/CONVO. ASAMBLEA ADM ACCIONISTAS S/ QUEJA (Expte  007123/2013) desestimo una queja presentada alegando el supuesto del artículo 19 de la ley 22315 (apelación ante la Cámara frente al silencio)
El Sr. Ricardo A. Green se presentó en queja invocando su carácter de accionista de la sociedad Belgrano Day School SA, y fundamentó que el silencio de la Inspección General de Justicia a su pedido de convocar a una Asamblea de Accionistas en la sociedad mencionada, debía ser entendido como una denegatoria.
Relató que solicitó la convocatoria administrativa a asamblea de accionistas, la cual fue inicialmente desestimada por no reunir los elementos de prueba requeridos por el organismo de contralor. Indicó que luego estos recaudos fueron cumplidos pero tampoco se hizo lugar a su petición. Añadió que incluso solicitó un pedido de "pronto despacho", el cual tampoco fue proveído por la IGJ. Por ello, argumentó, correspondía el recurso de queja para que se concediese la apelación contra la denegatoria implícita de su petición y para que, como consecuencia de ello, el Tribunal dispusiera la convocatoria solicitada.
Ahora bien, adviértase que las resoluciones de la IGJ son apelables ante la Cámara, cuando se refieran a comerciantes o sociedades comerciales (art. 16 de la ley 22.315). El recurso debe interponerse fundado, ante la IGJ, dentro de los quince (15) días de notificada la resolución (art. 17). Por otra parte, las peticiones formuladas a la IGJ que no sean despachadas dentro de los treinta (30) días de su presentación, son susceptibles de un pedido de pronto despacho y si el organismo no se expidiera en el término de cinco (5) días, se considerará el silencio como denegatoria que da derecho al recurso previsto en el artículo 16 (art. 19).
En igual sentido el artículo 13 del decreto 1493/82 prescribe que las peticiones mencionadas en el artículo 19 de la ley 22315 se refieren a los trámites ordinarios del Organismo y los efectos del computo del plazo, los 30 días se cuentan como hábiles administrativos y su transcurso se interrumpe por toda demora en las contestaciones por parte de los interesados.
El Tribunal entendió que en el caso no hubo "silencio" del organismo de contralor, pues la IGJ proveyó todas las presentaciones efectuadas por el quejoso, señalando, en particular, que debía unificarse la personería de todos los herederos, lo que motivó la presentación del administrador del sucesorio que es el legitimado para peticionar en nombre de la sucesión.
Agrego que presentado el administrador, el organismo señaló el requisito que era necesario cumplir para poder convocar administrativamente la asamblea peticionada, esto es, el previo agotamiento de la vía societaria, lo que fue notificado a dicha persona, sin que ésta recurriera la decisión de la IGJ.
Así concluyo que el caso no encuadra en el supuesto previsto en el art. 19 de la ley 22.315, que habilitaría la interposición del recurso contemplado en el art. 16 de dicha norma, toda vez que la IGJ ha proveído todas las presentaciones efectuadas por el recurrente y que no existe recurso de apelación interpuesto en los términos del art. 16 de la ley 22.315.
En tal caso y para que opere el supuesto del artículo 19 de la ley 22315 debe existir silencio de la administración (ej: solicitud de inscripción de un cambio de sede sin despachar o pedido de resolución del inspector general sin que sea dictada la misma), se deben respetar los plazos establecidos (a los 30 días hábiles pronto despacho y después de los 5 días hábiles posteriores a esta última presentación) y presentar el recurso de apelación previsto en el artículo 16 de la ley 22315, en el plazo de 15 días hábiles, el cual debe presentarse en la IGJ.
 BREVES REFLEXIONES.-
El arma más fuerte que tiene la administración contra el administrado en el procedimiento administrativo es la demora y la inercia: Frente a las urgencias societarias, el lento y arbitrario transcurso del tiempo sin que se produzcan los necesarios pasos o etapas del procedimiento, produce un efecto profundamente lesivo al derecho del administrado, para el cual no hay solución alguna verdaderamente efectiva.
Frente a esta nueva situación planteada en torno a la demora excesiva de la administración pública, llega el turno que la justicia resuelva lo más rápido posible y proteja los derechos vulnerados. Se advierte el riesgo de cambiarse los roles entre los particulares y la administración, obligándose a una actuación privada y judicial: Esa ineficacia recae sobre los particulares y sobre la justicia, dificultando su trabajo, por falta de decisión administrativa en tiempo oportuno.
El principio del debido proceso adjetivo es una expresión de la garantía de derecho de defensa consagrada en el artículo 18 de nuestra Constitución Nacional, y de la tutela judicial efectiva reconocida en los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), en los artículos 2, inc. 3, y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, todos con jerarquía constitucional conforme lo establece expresamente la CN (artículo 75, inciso 22).
La administración tiene el deber de resolver las cuestiones planteadas por los particulares legitimados a tales efectos. Este deber surge de la obligación que impone el derecho del administrado de dar una decisión fundada, en el marco del respeto al debido derecho adjetivo y de la “tutela administrativa efectiva”. A su vez, esta obligación se desprende de otros principios que rigen en el procedimiento administrativo, tales como los de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites administrativos.
La obligación de resolver los planteos de los particulares también se vincula con el principio de transparencia que debe imperar en toda actuación administrativa. El silencio vulnera este principio, que exige reglas objetivas claras, publicidad de los actos y del procedimiento, participación en el procedimiento de toma de decisiones, etc.,.
En este escenario poco alentador, son indispensables los remedios judiciales y administrativos para revertir esta situación y lograr que se respete el derecho republicano a obtener una decisión fundada.


lunes, 16 de diciembre de 2013

Modelo dictamen IGJ constitución sociedades

DICTAMEN PROFESIONAL
(CONSTITUCION DE SOCIEDAD POR INSTRUMENTO PRIVADO)
XXXX, abogado, inscripto al tomo xx, folio xx de la matricula que lleva el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, examinando el texto del instrumento otorgado en xx con fecha xxx  y resultando que:

1- La Naturaleza del Acto documentado es: Constitución
 2- La sociedad se denomina:
3-  El documento se refiere a las siguientes estipulaciones:
a)        Número de socios:
Personas físicas: Si/No
Personas jurídicas: SI/NO   Tipo:      Datos de inscripción:
Constan datos art. 11 inc. 1): Si
b)        Sede social:
Modo de fijación:
c)         Objeto calificado como preciso y determinado:
d)        Capital social constitutivo: $
Suscripción:
Valor nominal:
Votos:
Aportes dinerarios:
Aportes no dinerarios:
Aportes de bienes registrables:
e)        Plazo de duración:
f)         Administración y representación. Órgano.
Número de integrantes:
Duración:
Quórum:
Mayorías:
Suplentes:
Representación legal:
Aceptación de cargos:
g)        Fiscalización:
Órgano:
Número de Integrantes:
Quórum:
Mayorías:
Aceptación de cargos:
h)        Deliberaciones. Órgano:
Quórum:
Mayorías:
i)          Disolución, Causales:
j)          Liquidación. Órgano:
k)         Distribución de utilidades:
l)          Cierre de ejercicio:
m)       Regímenes de cesiones y transferencias:
Restricciones contractuales:
n)        Recaudos incorporación de herederos:
4- Se cumplimentó publicación de aviso en el B.O.: Si
5- Art. 299 ley 19.550: SI/No
6- Garantía de los Administradores: Se ha constatado la constitución de la garantía del director, por la suma de $ xxx bajo las pólizas Nº XXXXX de fecha X/XX/XXXX.
7- Datos personales de los administradores designados:
8- Reserva de denominación:
9- Se acompaña pago de tasa de constitución:
10.- La sede social se ubica en la calle. 
11.- El suscripto verificó personalmente el efectivo funcionamiento de la dirección y administración de los negocios sociales en la sede social mencionada.
12- Se acompaña boleta de depósito de aportes dinerarios:

EN CONSECUENCIA, DICTAMINO QUE LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CONTIENE LOS REQUISITOS LEGALES CORRESPONDIENTES. Buenos Aires,


viernes, 13 de diciembre de 2013

Modelos SA y SRL


CONTRATO DE CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Entre los Ses. ............ convienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá conforma a lo establecido por la Ley Nº 19.550 para este tipo de sociedades y las cláusulas y condiciones que se establecen a continuación:
Cláusula 1ª: En la fecha que se menciona al pie de este contrato queda constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada formada entre los suscritos y girará bajo la denominación de ............. La sociedad establece su domicilio social y legal en la calle ............ N° ............ , de la localidad de ............ , partido de pudiendo establecer sucursales, agencias, locales de ventas, depósitos o corresponsalías en el país o en el exterior.-
Cláusula 2ª: La sociedad tendrá una duración de ............ años, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá prorrogarse con el acuerdo en Asamblea en todos los socios de la Sociedad.-
Cláusula 3ª: El objeto social será el de ............ , para la realización de sus fines la sociedad podrá comprar, vender, ceder y gravar inmuebles, semovientes, marcas y patentes, títulos valores y cualquier otro bien mueble o inmueble; podrá celebrar contrato con las Autoridades estatales o con personas físicas o jurídicas ya sean estas últimas sociedades civiles o comerciales, tenga o no participación en ellas; gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento aunque sea por más de seis años; construir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales; efectuar las operaciones que considere necesarias con los bancos públicos, primarios y mixtos y con las compañías financieras; en forma especial con el Banco Central de la República Argentina, con el Banco de la Nación Argentina, con el Banco Hipotecario Nacional y con el Banco de la Provincia de Buenos Aires; efectuar operaciones de comisiones, representaciones y mandatos en general; o efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización del objeto social.-
Cláusula 4ª: El capital social se fija en la suma de pesos ............ ($ ............ ) que se divide en cuotas iguales de pesos ............ ($ ............ ). Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable de más de la mitad del capital aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión.-
Cláusula 5ª: El capital suscripto es integrado por todos los socios en efectivo, el 50 %, siendo el restante 50% a integrar dentro del plazo de ............ meses a la fecha de la firma del presente contrato.-
Cláusula 6ª: En caso de que los socios no integran las cuotas sociales suscritas por ellos, en el plazo convenido, la sociedad procederá a requerirle el cumplimiento de su obligación mediante el envío de un telegrama colacionado donde se lo intimará por un plazo no mayor de ............ días al cumplimiento de la misma. En caso de así no hacerlo dentro del plazo concedido la sociedad podrá optar entre iniciar la acción judicial para lograr su integración o rescindir la suscripción realizada, pudiendo los socios restantes, que así lo deseen y lo manifiesten en la asamblea, suscribir las cuotas e integrarlas totalmente. En caso de existir más de un socio que desee suscribir acciones, las mismas serán suscritas en proporción a las que cada uno ya es titular. El saldo integrado por el socio moroso quedará en poder de la sociedad en concepto de compensación por daños y perjuicios.-
Cláusula 7ª: Las cuotas sociales no pueden ser cedidas a terceros extraños a la sociedad son 1a autorización del voto favorable de las tres cuartas partes del capital social, sin contar para el caso la proporción del capital a trasmitir. El socio que deseare transferir sus cuotas sociales deberá comunicarlo, por escrito a los demás socios quienes se expedirán dentro de los quince días de notificados. En caso de no expedirse dentro del plazo mencionado se considera que ha sido obtenida la autorización pudiendo transferirse las cuotas sociales. Para el caso de no lograrse la autorización por oposición de los socios, el socio cedente podrá concurrir al Juez de la jurisdicción mencionada en la cláusula ............ a fin de realizar la información sumaria mencionada en el apartado tercero del artículo152 de la Ley Nº 19.550. Para el caso que la oposición resulte infundada los demás socios podrán optar en un plazo no mayor de diez días, comunicándolo por escrito, su deseo de adquirir las cuotas a ceder. A los efectos de fijar el valor de las cuotas se confeccionará un balance general a la fecha del retiro, a las que se agregará un porcentual del ............ % en concepto de valor llave. Este es el único precio válido y considerable para realizar la cesión. En caso de que sea más de uno los socios que deseen adquirir las cuotas a ceder las mismas se prorratearán entre los socios en proporción a las cuotas de las que son propietarios. Es motivo de justa oposición el cambio del régimen de mayorías.-
Cláusula 8ª: Las cuotas sociales pueden ser libremente transferidos entre los socios o sus herederos, siempre que no alteren el régimen de mayorías. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad podrá optar por incorporar a los herederos si así éstos lo solicitaran debiendo unificar la representación ante la sociedad, o bien proceder a efectuar la cesión de cuotas, según el régimen establecido en el artículo anterior. Si no se produce la incorporación, la sociedad pagará a los herederos que así lo justifiquen, o a1 administrador de la sucesión, el importe correspondiente al valor de las cuotas determinado por el procedimiento señalado en el artículo precedente.-
Cláusula 9ª: Para el caso de que la cesión de cuotas varíe el régimen de mayorías la sociedad podrá adquirir las cuotas mediante el uso de las utilidades o por la reducción de su capital, lo que deberá realizarse a los veinte días de considerarse la oposición de la cesión. El procedimiento para la fijación de su valor será el mismo que el mencionado en la cláusula Séptima.-
Cláusula 10ª: La administración, la representación y el uso de la firma social estará a cargo por los socios gerentes que sean electos en la asamblea de asociados. Se elegirán dos socios que actuarán como gerentes de la misma en forma conjunta, la duración en el cargo será de ............ años y podrán ser reelectos en los mismos. Estos actuarán con toda amplitud en los negocios sociales, pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles y las operaciones mencionadas en la cláusula Tercera del presente contrato. A fin de administrar la sociedad se eligen como socios gerentes para cubrir el primer período y realizar los trámites de inscripción de la sociedad los Sres. ............ .-
Cláusula 11ª: Los gerentes podrán ser destituidos de sus cargos, cuando así lo establezca la Asamblea de Socios en el momento que lo crean necesario, con la aprobación de la mayoría simple del capital presente en la asamblea.-
Cláusula 12ª: El cargo de gerente será remunerado; la remuneración será fijada por la Asamblea de Asociados.-
Cláusula 13ª: En caso de fallecimiento, incapacidad o algún otro motivo que produzcan una imposibilidad absoluta o relativa para continuar ejerciendo el cargo de gerente, el mismo será reemplazado por el síndico suplente, quien deberá llamar a Asamblea para cubrir el cargo vacante en un plazo máximo de diez días; pudiendo durante este período realizar conjuntamente con el otro gerente los actos que por su urgencia no pudieran esperar, debiendo rendir cuenta de los mismos ante la Asamblea de Socios que designe el nuevo gerente.-
Cláusula 14ª: El órgano supremo de la sociedad es la Asamblea de Socios que se reunirá en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.-
Cláusula 15ª: La Asamblea General Ordinaria se reunirá dentro de los ............ meses de concluido el ejercicio financiero, que para tal fin termina el día ............ del mes de ............ de cada año. En ella se tratará la discusión, modificación y/o aprobación del Balance General, el Inventario, el proyecto de distribución de utilidades, el Estado de Resultados, la Memoria y el Informe del Síndico. Asimismo en la Asamblea General Ordinaria se procederá a la elección de les gerentes si correspondiere, y a la fijación de la remuneración de éstos y del síndico.-
Cláusula 16ª: Las Asambleas Generales Extraordinarias se reunirán cada vez que lo considere conveniente alguno de los gerentes o a pedido por escrito del sindico, o a pedido por escrito de los socios que representen el ............ % del capital social o más. En ellas se podrá tratar todos los asuntos que conciernen a la marcha de la actividad societaria, pero solamente podrán tratarse los mencionados en el orden del día de la convocatoria a Asamblea. Se debe reunir la Asamblea General Ordinaria para tratar cualquier cesión de cuotas partes del capital social que se realicen o la transferencia de éstas a los herederos del socio fallecido.-
Cláusula 17ª: La Asamblea se convocará mediante telegrama colacionado remitido al domicilio del socio, con ............ días de anticipación a la fecha de la convocatoria. En el telegrama se hará constar el lugar, día y hora de la Asamblea, tipo de que se trata y el orden del día a debatir.-
Cláusula 18ª: Las Asambleas quedarán válidamente reunidas para sesionar en primera convocatoria cuando a la hora mencionada se encuentren presentes la cantidad de socios que representen el 51% del capital social. Pudiendo sesionar válidamente en segunda convocatoria media hora después de la hora señalada para el inicio de la Asamblea sea cual fuere el número de socios presentes y el porcentual que éstos .representen, siempre que no haya sido posible sesionar en primera Convocatoria.-
Cláusula 19ª: Las deliberaciones y las resoluciones de la Asamblea serán transcriptas al Libro de Actas, rubricado por la autoridad competente, en el que se dejará constancia asimismo de los socios presentes y del porcentual del capital que éstos representan. Las actas serán firmadas por los gerentes, el síndico y dos socios presentes que se designarán en la Asamblea, pudiendo ser éste el único tema a tratar en la Asamblea y que no sea expresamente mencionado en el orden del día, conjuntamente con la resolución de remoción o aceptación de la renuncia del socio gerente.-
Cláusula 20ª: La presidencia de la Asamblea será realizada por cualquiera de los socios gerentes que se hallen presentes o que se elija para ello, los gerentes y el síndico no tienen voto pero si voz en las cuestiones relativas a su gestión,. En caso de empate se deberá volver a votar entre las dos ponencias más votadas, luego de realizarse nuevas deliberaciones.-
Cláusula 21ª: Cada cuota social tiene derecho a un voto, no pudiendo votarse en representación.-
Cláusula 22ª: Las decisiones de la Asamblea serán tomadas por la mayoría del capital social presente. Con excepción de las que este contrato o la ley exijan un mayor porcentual.-
Cláusula 23ª: La fiscalización de la actividad de la sociedad estará a cargo de un síndico titular, que ejercerá el cargo por el término de ............ años. La elección del síndico titular y de un suplente estará a cargo de la Asamblea General Ordinaria. Los síndicos ajustarán su cometido a lo establecido en los arts. 294 al 296 de la Ley Nº 19.550.-
Cláusula 24ª: La sociedad llevará la contabilidad conforme a las disposiciones legales correspondientes, debiendo realizar el Balance General y el Cuadro de Resultados y el Inventario, conforme a sus constancias, dentro de los ............ días del cierre del ejercicio financiero, fijado en la cláusula Décimo Quinta de este contrato.-
Cláusula 25ª: Una vez aprobado el Balance General, el Inventario, el Cuadro de Resultados y el proyecto de distribución del capital suscripto entre los socios, previa deducción de las siguientes reservas, provisiones y amortizaciones: y siempre y cuándo se hallan saldado los quebrantos de los ejercicios anteriores se hubiesen enjugado las pérdidas de otros ejercicios.-
Cláusula 26ª: Las pérdidas serán soportadas en igual proporción que la de distribución de las ganancias.-
Cláusula 27ª: Cumplido el plazo de duración de la sociedad, sin que se acuerde su prórroga o cuando la totalidad de los socios manifieste su decisión de liquidar la sociedad, se procederá a liquidar la misma. A tal fin se encuentran autorizados para la misma los socios gerentes a cargo de la representación y administración de la sociedad quienes procederán a liquidarla. El síndico debe vigilar dicha liquidación. Una vez pagadas las deudas sociales y las retribuciones a los gerentes y al síndico, se procederá a distribuir el saldo a los socios en proporción al capital integrado, previa confesión del balance respectivo.-
Cláusula 28ª: Una vez liquidada la sociedad la documentación deberá ser guardada durante ........... años por el socio señor ............ .-
En prueba de conformidad, a los ............ días del mes de ............ de ............ , en la ciudad de ............ , del partido de ............ , se firman ............ ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto.

ACTA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD ANONIMA
En la ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los ............ días del mes de ............ de ............ , se reúnen los señores (nombre, apellido, domicilio y documento de identidad) y resuelven:
Cláusula 1ª: Constituir una sociedad anónima cuyo estatuto se regirá por las normas legales vigentes y las siguientes disposiciones específicas:
a) La sociedad se denominará ............
b) Su término de duración será de ............
c) Tiene por objeto:
Comerciales: Por compra, venta importación, exportación, representación, locación, comisión, consignación, envasamiento, distribución y fraccionamiento de productos alimenticios y sus servicios generales en materias primas productos y mercaderías, máquinas, herramientas, rodados, automotores, y sus repuestos y accesorios, explotación de patentes de invención y marcas nacionales y/o extranjeras, diseños industriales, artísticos y literarios y su negociación en el país o fuera de él;
Industriales: Mediante la industrialización de materias primas en general y en especial sobre materias agrícolas y ganaderas, carnes, sebo, lana, cueros, productos forestales, la fabricación de materiales de construcción, máquinas, barcos, herramientas, automotores, rodados y repuestos y accesorios, artículos eléctricos y para el hogar, explotación de canteras y minas con exclusión de hidrocarburos fluidos, elaboración de materiales plásticos, productos o subproductos sintéticos y todo lo necesario para la elaboración de productos textiles, madereros, metalúrgicos, electrometalúrgicos, químicos y electroquímicos, en plantas industriales propias o no y en cualquier punto del país o del exterior; Financieras: Mediante aportes de capitales a sociedades o empresas constituidas o a constituirse en cualquier proporción de su capital y a personas para operaciones realizadas o a realizarse, préstamos a intereses y financiaciones y créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o futura, o sin ella. Se excluyen las operaciones contempladas en el art. 93 de la Ley 11.672; Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, urbanización, colonización, subdivisión, administración, construcción, explotación de bienes inmuebles urbanos y/o rurales, incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes reglamentarias sobre propiedad horizontal;
d) El capital social se fija en la suma de pesos representado por acciones de valor nominal $ 1.-, dividido en series de ............ pesos c/una;
e) El domicilio social está ubicado en la calle ............ N° ............ piso ............ dto ............ de la localidad de ............ ptdo. ............ , provincia de ............ ;
f) El directorio estará compuesto de ............ a ........... miembros titulares cuyo mandato durará ............ años;
g) El ejercicio social cerrará el día ............ del mes de ............ de cada año.-
Cláusula 2ª: De Capital autorizado se emiten series de acciones ordinarias y al portador de ............ votos cada una y ............ series de acciones preferidas nominativas de ............ % de dividendo fijo. Todo ello de acuerdo al siguiente detalle:
SUSCRIPCION
INTEGRACION
ACCIONISTAS
ACCIONES .CLASE
MONTO.
La integración se efectúa en: (Dinero - Bienes)-
Cláusula 3ª: Designar, para integrar el órgano administrativo y de fiscalización: Presidente a: ............ , Vicepresidente a: ............ Vocales: ............ , Suplentes a: ............ Síndico titular, o Suplente a: (abogados o contadores), art. 285 inc. 1° de la Ley 19.550.-
Cláusula 4ª: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme con el artículo1881 del Cód. Civ. y el artículo 9 del decreto Ley 5965/63. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan a cumplir el objeto social, entre ellos operar con el Banco de la Nación Argentino, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional y demás instituciones de créditos oficiales o privadas; establecer agencias, sucursales u otras especies de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o extrajudicialmente con el objeto y extensión que juzgue convenientes. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente de la sociedad y al primer vocal titular quienes actúan en forma conjunta.-
Cláusula 5ª: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la. forma establecida en el artículo 237 de la Ley 19.550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para. el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera.-
Cláusula 6ª: Rigen el quorum y mayoría en la asamblea societaria de accionistas lo determinado por el artículo 243 y 244 de la ley de sociedades que dicen: «La constitución de la asamblea ordinaria en primera convocatoria requiere la presencia de accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria la asamblea se considerará constituida, cualquiera sea el número de esas acciones presentes. Las resoluciones en ambos casos serán tomada por mayoría absoluta de los votos presentes que puedan emitirse en las respectivas decisiones, salvo cuando el estatuto exija un número mayor» y « La samblea extraordinaria se reúne en primera convocatoria con la presencia de accionistas que representen el sesenta por ciento de las acciones con derecho a voto, si el estatuto no exige quorum mayor. En la segunda convocatoria se requiere la concurrencia de accionistas que representen el 30 % de las acciones con derecho a voto salvo que el estatuto fije quorum mayor o menor. Las resoluciones en ambos casos serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión, salvo cuando el estatuto exija mayor número. Cuando se tratare de la transformación, prórroga o disolución anticipada de la sociedad; de la transferencia del dominio al extranjero, del cambio fundamental del objeto y de la reintegración total o parcial del capital, tanto en primera cuando en segunda convocatoria, las resoluciones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de acciones con derecho a voto, sin aplicarse la plura1idad de voto. Esta disposición se aplicará para decidir la fusión, salvo con respecto de la sociedad incorporante que se regirá por las normas sobre aumento de capital».-
Cláusula 7ª: Se autoriza a ............ a fin de que, ............ con facultad de aceptar o proponer modificaciones a la presente, realicen todas las gestiones necesarias para obtener la conformidad de la autoridad de control e inscripción en el Registro Público de Comercio.
ESTATUTO DE UNA SOCIEDAD ANONIMA
La sociedad anónima constituida con el nombre de ............ se rige por los presentes estatutos y disposiciones legales y reglamentarias que le son aplicables
Cláusula 1ª:La sociedad tiene su domicilio legal en la calle ............ N° ............ ptdo. ............ , de la provincia de ............ . El directorio de la misma se encuentra facultado para instalar sucursales, agencias, establecimientos o cualquier especie de representación, amén de la ya indicada dentro o fuera del país.-
Cláusula 2: La duración de la Sociedad es de ............ años, contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Dicho plazo podrá ser prorrogado por asamblea general de accionistas y conforme al procedimiento establecido en la Ley de sociedades 19.550.-
Cláusula 3ª:La sociedad tiene por objeto:
Comerciales: Por compra, venta, importación, exportación, representación, locación, comisión, consignación, envasamiento distribución y fraccionamiento de productos alimenticios y sus servicios generales en materias primas, productos y mercancías, máquinas, herramientas, rodados, automotores, sus repuestos y accesorios, explotación de patentes de invención y marcas nacionales y/o extranjeras, diseños industriales, artísticos y literarios y su negociación en el país o fuera de él;
Industriales: Mediante la industrialización de materias primas, fin general y en especial sobre materias agrícolas y ganaderas, carnes, sebo, lana, cueros, productos forestales, la fabricación de materiales de construcción, máquinas, barcos, herramientas, automotores, rodados, repuestos y accesorios, artículos eléctricos y para el hogar, explotación de canteras y minas con exclusión de hidrocarburos fluidos, elaboración de materiales plásticos, productos textiles, madereros, metalúrgicos, electro metalúrgicos, químicos, electro químicos y electromagnéticos, en plantas industriales propias o no y en cualquier punto del país o del exterior;
Financieras: Mediante aportes de capitales a sociedades o empresas constituidas o a constituirse en cualquier proporción de su capital y a personas para operaciones realizadas o a realizarse, préstamos a interés y financiaciones y créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o futura o sin ella; se excluyen las operaciones contempladas en el art. 93 de la Ley 11.672;
Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, urbanización, colonización, subdivisión, administración, construcción, explotación de bienes inmuebles urbanos o rurales, incluso las operaciones comprendidas en las leyes reglamentarias sobre propiedad horizontal.
Para su cumplimiento, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacione directa o indirectamente con aquél.-
Cláusula 4ª: El capital social autorizado se fija en la suma de pesos ............ ($ ............ ) representado por acciones de pesos uno ($ l.-) valor nominal cada una y dividido en series de pesos ............ ($ ............ ) cada una.
De esas series,........ series serán de acciones ordinarias y al portador de votos ............ cada una y ............ series de acciones preferidas nominativas de igual cantidad de votos, pero con un ............ % de dividendo fijo.-
Cláusula 5ª: Las acciones preferidas nominativas podrán ser trasmitidas mediante endoso y tienen un derecho de pago preferente sobre los dividendos y el capital a la .liquidación.-
Cláusula 6ª: El capital social autorizado se emitirá en las oportunidades, clases de acciones, condiciones y formas de pago que el directorio estime convenientes, guardando relación con lo establecido en el art. 187 de la Ley 19.550. La resolución pertinente será elevada a escritura pública si el impuesto de sellos no hubiese sido pagado previamente, inscribirse en el Registro Público de Comercio, anunciarse por tres días en el Boletín Oficial y ser comunicado a la Inspección General de Justicia. Por resolución de la asamblea de accionistas, el capital autorizado podrá elevarse hasta un quíntuplo. Dentro de las condiciones generales establecidas en este estatuto, la asamblea fijará las características de las acciones a emitirse en razón del aumento, pudiendo solamente delegar en el directorio la facultad de realizar las emisiones en el tiempo que estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y condiciones de pago de las acciones.
Salvo que la emisión de acciones tuviera un destino especial en interés de la sociedad y aprobado por la asamblea, los tenedores de las acciones ordinarias y preferidas, tendrán derecho de prioridad en la suscripción de las acciones que se emitan, dentro de esta clase y en proporción a las que posean. Este derecho deberá ejercerse dentro del plazo que se establezca por la misma asamblea, el que no podrá ser inferior a 15 días y menor a 30, contados desde la última publicación que por 3 días se efectuará en el Boletín 0ficial.
La integración de las acciones debe hacerse en las condiciones que se establezca en el contrato de suscripción. El directorio está facultado para seguir en caso de mora dos opciones que serán sine qua non establecidas en los contratos de Suscripción ; a) «La mora producirá la caducidad de los derechos emergentes de las acciones suscriptas, previa intimación por cinco días para su integración con la perdida de las sumas abonadas que quedarán como indemnización y sin perjuicio de que la sociedad pueda exigir un interés del triple de lo establecido por el Banco Central para las operaciones de Redescuento sobre las sumas adeudadas y pudiendo poner en venta ya sea en remate o por cotización en bolsa, las acciones no integradas conforme tenga o no cotización»; b) «La sociedad puede optar por el cumplimiento de la obligación con la imposición por el tiempo trascurrido de un interés igual al mencionado anteriormente».-
Cláusula 7ª: La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea general de accionistas, entre un numero mínimo de tres y un máximo de....con mandato por ............ años siendo reelegible. Darán en garantía la suma de pesos ............ ($ ............ ), que quedará en caución, sin producir interés hasta que haya sido aprobada su gestión una vez finalizada la misma. Dicho afianzamiento podrá realizarse en dinero en efectivo, papeles de la deuda pública, colocaciones bancarias o acciones, las que no podrán ser de la presente sociedad o de ninguna subordinada a ésta. Su función será subordinada conforme el monto que fije cada año la asamblea ordinaria de accionistas, no pudiendo exceder su remuneración de lo establecido en el art. 261 de la Ley 19.550, la remuneración se hará con imputación a Gastos Generales o a Utilidades Líquidas y Realizadas. La asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo. En el caso que se produzcan vacantes en el directorio se llenarán por los suplentes elegidos por la asamblea general y en el orden de su elección; los directores en su primera sesión, designarán de entre ellos un presidente y un vicepresidente ; este último remplazará al primero en su ausencia o impedimento. El directorio funcionará con la presencia de la mayoría de los miembros que lo componen y adoptará sus resoluciones por la mayoría de votos presentes.-
Cláusula 8ª: El directorio tiene todas las facultades para administrar o disponer de los bienes incluso aquellos para los cuales la ley requiere poder especial conforme al art. 1881 del Cód. Civ. Podrá en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos y contratos, comprar, gravar, vender inmuebles y para operar con los Bancos de la Nación, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional, y demás instituciones de esa índole, oficiales o privadas y para otorgar los poderes judiciales inclusive para poder querellar criminalmente o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzguen convenientes a una o más personas.
La representación legal de la sociedad que le corresponde será ejercida por el presidente o el vicepresidente, en su caso, cuyas firmas obligan a la sociedad.
El directorio podrá encomendar a alguno o algunos de sus miembros tareas especiales relacionadas directamente con la dirección y administración de la sociedad, con la remuneración que fije la asamblea. Podrá asimismo delegar la parte ejecutiva de las operaciones sociales, en uno o más gerentes cuya designación podrá recaer entre los miembros del directorio. En este último caso la remuneración que se fije será por la asamblea o por el directorio «AD REFERENDUM» de aquélla, pero nunca esta delegación de funciones podrá desligar al directorio de su responsabilidad.-
Cláusula 9ª: La fiscalización de la sociedad la ejerce un síndico que designará la asamblea ordinaria juntamente con su suplente, este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. Tiene las facultades. que le confiere el art. 294 de la ley de sociedades y la remuneración que le determine la Asamblea de Accionistas, ya sea con imputación a Gastos Generales o a las Utilidades Líquidas y Realizadas, del ejercicio en que se devengan.-
Cláusula 10ª: Las asambleas ordinarias y extraordinarias, en 1ra.convocatoria se convocarán con publicaciones por cinco días, con diez días de anticipación en el Boletín Oficial y con una anticipación no mayor de 30 días. En la publicación se deberá hacer constar el carácter de la asamblea, fecha, hora, lugar de la reunión, orden del día y los recaudos especiales exigidos por el estatuto para la concurrencia de accionistas. La llamada en segunda convocatoria se producirá dentro de los treinta días siguientes a la primera fracasada y se publicará en el Boletín Oficial con las mismas condiciones que la anterior por el término de tres días con ocho días de anticipación como mínimo. La asamblea se considerará constituida en primera convocatoria con la presencia de accionistas que representen más de la mitad del capital suscripto con derecho a voto, en segunda citación se estará a lo dispuesto en el art. 243 de la ley 19.550. Las resoluciones se adoptarán conforme a las mayorías establecidas en la norma citada. Los accionistas podrán hacerse representar en la asamblea mediante instrumento privado con certificación de firma notarial, judicial o bancaria, no podrá otorgarse poder a los directores o síndicos.-
Cláusula 11ª: El ejercicio social cerrará el día ............ de ............ de cada año, a cuya fecha se confeccionará el ‘Inventario, Balance General y la Cuenta de Ganancias y Pérdidas, conforme a las reglamentaciones vigentes y normas técnicas en la materia. Esa fecha podrá ser modificada por resolución de la asamblea general, inscribiéndola en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la Inspección general de Justicia.
a) 5% para el fondo de reserva legal;
b) Remuneración del Directorio y de los Síndicos en sus casos;
c) Dividendos preferidos, con prioridad los acumulativos impagos y participación adicional, en su caso;
d) El saldo, en todo o en parte, como dividendo a los accionistas ordinarios o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deberán ser pagados en proporción a. las respectivas integraciones dentro del año de su sanción y prescriben a favor de la sociedad a los tres años contados desde que fueran puestos a disposición de los accionistas.-
Cláusula 12ª: La liquidación de la sociedad será efectuada por el directorio bajo vigilancia del síndico.
Cancelado el pasivo y reembolsado el capital con las preferencias que se hubieran establecido en su caso, el remanente se repartirá entre los accionistas, en la forma indicada precedentemente para la distribución de las utilidades.-

CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE CAPITAL E INDUSTRIA
Entre los Señores. ............ (Indicar nombre, apellido, dirección, estado civil, edad profesión y número y tipo de documento de identidad) convienen en celebrar el presente contrato de sociedad de Capital e Industria que se regirá conforme a las siguientes cláusulas y condiciones:
Cláusula 1ª: La sociedad girará en la plaza bajo la denominación de « ............ Sociedad de Capital e Industria» (El art., 142 de la ley 19.550 establece: «La denominación social se integra con las palabras «sociedad de capital e industria» o su abreviatura. Si actúa bajo una razón social, no podrá figurar en ella el nombre del socio industrial. La violación de este artículo hará responsable solidariamente al firmante con la sociedad por las obligaciones así contraídas) y tendrá su domicilio legal y social en la calle ............ Nº ............ , de la localidad de ............ partido de ............ . La sociedad podrá abrir agencias, sucursales y depósitos en cualquier parte del país o del exterior.-
Cláusula 2ª: El objeto de la sociedad será ............ (el art., II inciso 3º de la Ley 19.550 determina que el objeto debe designarse en forma precisa y determinada) fabricar, industrializar y comercializar, efectuando para ello operaciones de importación o exportación, ya sea de insumos o de productos elaborados en total o accesorios, repuestos y enseres. Para llenar dichos fines la sociedad podrá comprar, vender, permutar, locar, ceder, transferir, dar a embargo, hipotecar, prendar o crear cualquier otro derecho real .sobre bienes muebles e inmuebles. Asimismo podrá actuar ante los bancos públicos, mixtos y privados o ante las Compañías Financieras, con las que podrán realizar todo tipo de operaciones crediticias, o la apertura de cuentas de Depósitos. Además podrá realizar todas las operaciones que fueran necesarias para el desarrollo de los fines sociales.-
Cláusula 3ª: El plazo de duración de la sociedad será de ............ años, a partir de la fecha de firma de este instrumento. Esta podrá ser renovada por acuerdo de todos los socios existentes a ese momento. Cualquiera de los socios puede renunciar a la sociedad, debiendo comunicar tal decisión con una anticipación mínima de ............ meses. Si la renuncia fuere de un socio capitalista la sociedad procederá a confeccionar un Balance General en el término de ............ días desde que fue presentada la decisión de renunciar. De dicho balance se extraerá cuáles serán las utilidades a percibir por el socio que se retira a la fecha de su renuncia, como asimismo el importe de éstas y el aporte de capital respectivo. El saldo a abonar se pagará en cuotas iguales, .mensuales y consecutivas, del 1 al 5 de cada mes, comenzando la primera al mes siguiente de haber sido aprobada la liquidación. En caso de ser un socio industrial el que presenta la solicitud de renuncia a la sociedad, se deberá igualmente realizar el Balance General para conocer cuál es el importe de las utilidades que le corresponde. Realizándose el pago en iguales condiciones que para el socio capitalista. Los socios se comprometen a no renunciar en los primeros ............ años de la sociedad, contados a partir de la fecha de su creación.-
Cláusula 4ª: El capital social será de pesos ............ ($ ............ ). Que los socios capitalistas aportan en este acto y en la proporción siguiente: El Sr. ............ la suma de pesos ............ ($ ............ ), el señor ............ la suma de pesos ............ ($ ............ ).-
Cláusula 5ª: Los socios señores ............ revisten la calidad de socios industriales y se comprometen a poner a disposición de la sociedad sus conocimientos en la materia sobre los que versa el objeto social, prestar su asesoramiento de 1a fábrica a instalar o de las que se lleguen a instalar en el futuro, debiendo dedicar todo su tiempo a la actividad social, con prohibición absoluta de dedicarse a otra actividad análoga o distinta.-
Cláusula 6ª: Actuarán como administradores y representantes de la sociedad, los señores socios capitalistas ............ , quienes conjuntamente tendrán el uso de la firma social. Así podrán celebrar toda clase de actos lícitos y contratos con autoridades públicas o instituciones bancarias o compañías financieras, así también podrán comprar, vender, locar, ceder, gravar toda clase de bienes muebles o inmuebles. Asimismo podrán crear los cargos que juzguen necesarios para el mejor desenvolvimiento de la sociedad en el logro de sus fines sociales, pudiendo nombrar, ascender, .suspender o despedir a los empleados de la sociedad y fijar su remuneración. A los Socios administradores les está prohibido el uso de la firma para operaciones extrañas al objeto social o para avalar o garantiza operaciones a favor de terceros extraños al giro comercial.-
Cláusula 7ª: Los socios administradores pueden ser removidos sin necesidad de justa causa con el voto de la mayoría del capital social. El socio industrial podrá por sí o por medio de terceras personas especialmente designadas al efecto examinar la marcha de la sociedad pudiendo verificar los libros y demás documentación pertinente.-
Cláusula 8ª: Los socios capitalistas harán retiros mensuales de dinero en proporción al capital aportado y a cuenta de las utilidades del ejercicio en curso. En este retiro «a cuenta de utilidades» no se consignarán los gastos de representación que cada uno de los socios administradores haya realizado en el ejercicio de su función, los que serán cargados a la cuenta de Gastos Generales y reembolsados al socio. Los socios industriales podrán realizar extracciones mensuales a cuanta de los beneficios que le pudieran corresponder. (Se puede estipular que el retiro se hará en proporción a los bienes fabricados).-
Cláusula 9ª: Los socios no podrán hacer ningún acto que importe competir con el fin de la sociedad. En caso de duda, el socio para poder realizarlo deberá contar con la autorización expresa de todos los demás .socios, dada por escrito.-
Cláusula 10ª: Toda resolución deberá ser aprobada por mayoría de capital. Para este caso, los socios industriales tendrán la misma proporción que el menor capital de los socios capitalistas. La modificación del contrato social, así como la transferencia del capital de la .sociedad de un socio a un tercero, deberá ser aprobado por unanimidad entre los socios. En caso de transferencia los socios tendrán un derecho de prioridad igual al valor que se fije según el resultado del balance que se haga al efecto.-
Cláusula 11ª: En caso de fallecimiento de .un socio capitalista los herederos, previo unificación de la personería si fuese necesario, continuarán en la sociedad con los mismos derechos y obligaciones que el fallecido. En el supuesto que los herederos no aceptasen continuar en la sociedad, los socios restantes adquirirán la cuota de capital correspondiente; obligándose al pago de ésta más la utilidad que el balance arroje a la fecha del fallecimiento y que se confeccionará al efecto. Los pagos se realizarán en la misma forma mencionada en la cláusula Tercera para el retiro de los socios En caso de fallecimiento de un socio industrial la sociedad procederá a realizar un Balance General a la fecha del fallecimiento, debiendo pagarse a los herederos o sus representantes en iguales condiciones que las mencionadas. anteriormente.-
Cláusula 12ª: El ejercicio comercial termina el día ............ del mes de ............ de cada año. A partir de esta fecha los administradores tendrán días ............ para realizar el Balance General, Inventario y Cuadro Demostrativo de Pérdidas y Ganancias, el que deberá ser puesto en consideración de los demás socios a los días ............ de haberse confeccionado. Una vez aprobado por unanimidad, todos los socios como prueba de ello, deberán firmar el balance. Las ganancias resultantes previa deducción de las reservas, previsiones, provisiones y amortizaciones se repartirán entre los socios de la siguiente manera: el socio capitalista Sr. ............ , el ............ %; el socio capitalista Sr. ............ , el ............ %. Los socios industriales tendrán derecho a la misma proporción que el capitalista que posea la parte más grande.-
Cláusula 13ª: En caso de existir pérdida, ésta será soportada únicamente por los socios capitalista. No se podrán repartir beneficios hasta no cubrir los quebrantos producidos en los ejercicios anteriores al que se hayan obtenido las ganancias.-
Cláusula 14ª: La sociedad se disolverá a pedido de los socios capitalistas, sin que se puedan oponer a ello los socios industriales, o cuando se halla obtenido un quebranto igual al ............ % del capital social, o cuando dejara de existir el objeto para la cual fue creada, o porque el mismo se ha convertido en imposible. En este caso los socios administradores deberán realizar un balance general, pago de las deudas sociales y el saldo se distribuirá entre los Socios en igual proporción que la fijada para la distribución de utilidades.-
Cláusula 15ª: Una vez liquidada la sociedad la documentación de la misma deberá ser conservada por el término de años ............ , la que deberá quedar en poder del Sr. ............. .-
Cláusula 16ª: La divergencia entre los socios que surjan del presente contrato serán dirimidas ante los Tribunales Ordinarios en lo Comercial del Departamento Judicial de ............ , renunciando a cualquier fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.
En la ciudad de ............ , ptdo. ............ , de a los ............ días del mes de ............ de ............ , se firman ejemplares de un mismo tenor y, a un solo efecto.-

CONTRATO DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD COLECTIVA
Entre los Sres. ............ (colocar por orden, nombre y apellido, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio, profesión y número de documento) se conviene celebrar el presente contrato de constitución de sociedad colectiva , que se regirá de acuerdo a lo normado por ley y a las siguientes cláusulas y condiciones que se estipulan a continuación:
Cláusula 1ª: La sociedad colectiva se denominará ............ (el artículo 126 de la ley de sociedades determina que se debe denominar agregando al nombre la palabra «SOCIEDAD COLECTIVA» y en caso de utilizarse una razón social con el nombre de uno o alguno dé los socios, no de todos, se utilizará la palabra «Y COMPAÑIA O SU ABREVIATURA»), con domicilio ............ en la calle ............ Nº ............ , piso ............ oficina ............ partido de ............ , de la Pcia de ............ .-
Cláusula 2ª: La sociedad tendrá una duración de .......... años, a contar desde el día de firma del presente contrato. Este Plazo podrá ser prorrogado de común acuerdo entre los socios, por un periodo igual o el que éstos estipulen, debiendo realizar la inscripción de la prórroga en el Registro Público de Comercio y su comunicación a la Inspección General de Justicia. Cualquiera de los socios puede retirarse de la sociedad, debiendo comunicar su decisión a los restantes socios con una anticipación de ............ días, a la fecha de su retiro. La sociedad en este caso confeccionará un balance general a los efectos de determinar el monto de la cuota que le correspondiese. El pago de la misma se efectuará en cuotas mensuales iguales y consecutivas. La primer cuota se efectivizará a los treinta días de establecido el monto de la misma.-
Cláusula 3ª: La sociedad tendrá como objeto ............ (el art. 11, inciso 3º de la Ley 19.550 dice «LA DESIGNACION DE SU OBJETO, QUEDEBE SER PRECISO Y DETERMINADO») para tal fin los socios podrán ejecutar los actos tendientes al cumplimiento del objeto social, como ser:
a) Adquirir, enajenar, arrendar, permutar, ceder a cualquier título bienes muebles o inmuebles ;
b) Tomar y dar préstamos de dinero garantizados o no con derechos reales, prendas o fianzas personales;
c) Registrar, ceder, inscribir, transferir o arrendar marcas y patentes;
d) Percibir, hacer y aceptar pagos, transacciones, novaciones, remisiones, quitas y esperas de las deudas que la sociedad tuviera con terceros o éstos con ella;
e) Otorgar o revocar poderes especiales o generales, tanto administrativos como jurídicos, pudiendo asimismo aceptar comisiones, consignaciones o mandatos;
f) Operar con todos los bancos sean oficiales, mixtos o privados o con las compañías financieras, pudiendo gestionar créditos de todo tipo con garantía personal, prendaría o hipotecaria;
g) Ejercer por sí o por representantes todas las acciones y defensas judiciales que crea conveniente ejercer en defensa de sus derechos, la que incluye comprometerse como árbitros y amigables componedores;
h) Realizar todo tipo de operaciones necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines.-
Cláusula 4ª: El capital social es de pesos ............ ($ ............ ) que se suscribe en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: Sr. ............ , suscribe pesos ............ ($ ............ ), en efectivo, teniendo un porcentual del ............ %. El Sr. ............ suscribe pesos ............ ($ ............ ), teniendo un porcentual del ............ %.-
Cláusula 5ª: La sociedad estará administrada y representada por los socios gerentes señores ............ y ............ quienes conjuntamente tendrán el uso de la firma social. Les está prohibido el uso de la firma social en negocios ajenos a la sociedad o para avalar o garantizar operaciones a favor de terceros, ajenas al giro comercial. A fin de cumplimentar el objeto se encuentran facultados para:
a) Adquirir, vender, permutar, ceder, transferir, ofrecer a embargo, prendar o locar bienes muebles o títulos valores, acciones, mercaderías ;
b) Celebrar todo tipo de contrato de crédito con Bancos oficiales, mixtos o privados, o compañías financieras, abriendo cuentas, efectuando depósitos o extrayéndolos, convenir plazos e intereses o realizando cualquier tipo de operación bancaria o comercial;
c) Conferir poderes especiales o generales o revocarlos, cuantas veces creyeren necesarios;
d) Nombrar, trasladar, ascender o despedir a los empleados de la sociedad, debiendo asimismo fijar su tarea, su horario, controlar los mismos y fijar su remuneración;
e) Crear asimismo los empleos que consideren necesarios para el mejor desarrollo de .los fines sociales, determinando al momento de su fijación las cualidades de idoneidad para su desempeño;
f) Convocar a la junta de socios.-
Cláusula 6ª: El cargo de Administradores Gerentes es rentado debiendo fijarse la misma en .la Junta de socios. Aparte de la retribución que reciban se les reembolsarán todos los gastos que hayan efectuado en representación de la sociedad.-
Cláusula 7ª: El socio administrador podrá ser removido en cualquier momento por el voto de la mayoría de los socios, expresados en la junta de socios, sin necesidad de justa causa. (El artículo 129 de la ley de sociedades determina que en caso de que el contrato requiera justa causa se necesita sentencia judicial para hacer cesar al socio en sus funciones de Administrador, si éste negare su existencia).-
Cláusula 8ª: Los socios administradores deberán requerir el consentimiento de los demás socios para los siguientes casos:
a) Para cambiar el objeto social;
b) Para modificar el contrato social;
c) Para adquirir, vender, ceder, permutar, ofrecer a embargo, hipotecar o gravar con cualquier otro derecho real bienes inmuebles.-
Cláusula 9ª: Los socios administradores no podrán ejecutar por cuenta propia ni de terceros a los que le hubiesen otorgado poder, actos que importen competir con los fines de la sociedad, salvo que existiera consentimiento unánime y por escrito de los demás socios autorizando dichas operaciones.-
Cláusula 10ª: EI socio administrador podrá renunciar en cualquier momento al cargo que ocupa pero debe responder por daños y perjuicios si su renuncia es dolosa o intempestiva y con ello se perjudicara el normal desarrollo de giro de la sociedad.-
Cláusula 11ª: Los socios se reunirán por lo menos una vez cada mes a fin de analizar y discutir las gestiones realizadas por los Socios Administradores, las decisiones y deliberaciones se asentarán en un libro de Actas que será llevado por cualquiera de los socios y firmado al final de cada reunión por dos socios a fin de certificar la autenticidad de lo allí expresado.-
Cláusula 12ª: El ejercicio financiero cerrará el día ............ del mes de ............ de todos los años, debiendo en el término de ............ días practicarse el balance general, inventario y cuadro de resultado de pérdidas y ganancias. Estos serán puestos en consideración de la Junta de socios dentro del término de .......... días de haberse confeccionado, los que lo aprobarán, modificarán o rechazarán. Una vez aprobado por unanimidad deberá ser suscrito por todos los socios.-
Cláusula 13ª: En caso de existir utilidades líquidas y realizadas las mismas se distribuirán de la siguiente forma:
a) El ............ % se destinará al fondo de reservas ;
b) El ............ % se destinará al fondo de reservas legales que comprenden a: ............
c) El saldo de las utilidades será distribuido entre los socios conforme al capital que hayan aportado, siempre y cuando hayan sido cubiertos los montos por quebrantos de los ejercicios anteriores, o cuando se haya alcanzado los mismos niveles de reserva con los que se cubrieron las pérdidas de ejercicios pasados.-
Cláusula 14ª: El importe a distribuir de las ganancias quedarán a disposición de los asociados después de ............ días de haberse aprobado por todos los socios el Balance General. En caso de que el socio no retire las utilidades dentro de los ............ días de que hayan quedado a su disposición, las mismas pasarán como cuota de capital de pertenencia del socio.-
Cláusula 15ª: Las pérdidas serán soportadas por los socios en las mismas proporciones que el capital suscrito, al igual que las ganancias.-
Cláusula 16ª: En caso de incapacidad declarada judicialmente o de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con sus operaciones no cambiando de rubro social, ni entrará en .liquidación, practicándose un balance general dentro de los cinco días de conocido el fallecimiento o la incapacidad. En dicho balance se fijará la cuota parte del capital correspondiente al socio saliente y se pondrá a su disposición o la de sus herederos, en los mismos plazos previstos en la cláusula 2ª «IN FINE» del presente contrato. Los herederos o el curador en su caso podrá continuar en la sociedad, siempre y cuando notifiquen tal decisión dentro de los días ............ de conocido el balance general. En tal caso si existieran más de un heredero se deberá unificar la representación ante la sociedad nombrando un administrador de las cuotas partes.-
Cláusula 17ª: La sociedad podrá disolverse por él acuerdo de voluntades de todos sus socios, o cuando se haya obtenido una pérdida del ............ % de su capital, o más. En tal caso deberá practicarse un balance general, inventario y cuadro demostrativo de pérdidas y ganancias a fin de poder realizar la liquidación. Previo a repartirse el saldo entre los socios, conforme a los porcentuales propios de cada uno, deberán abonarse las deudas sociales.-
Cláusula 18ª: La documentación de la sociedad después de disuelta ésta quedará en poder del socio Sr. ............ , quien la deberá conservar por el término de ............ años.-
En la ciudad de ............ , partido de ............ , a los ............ días del mes de ............ de ............ se formaliza el presente contrato en ............ ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-

CONTRATO DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
Entre los señores: (designar nombre y apellido, nacionalidad, dirección, estado civil, profesión, edad, número y tipo de documento de identidad), resuelven celebrar el presente contrato de constitución de una sociedad en comandita simple, conforme a lo dispuesto por la ley de sociedades y a las cláusulas y condiciones que se mencionan a continuación:
Cláusula 1ª: La sociedad en comandita a formarse se denominará ............ (El artículo 134 de la Ley 19.550 determina que la denominación se hará con el nombre seguida de las palabras «SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE O SU ABREVIATURA» normando asimismo que en caso de actuar bajo razón social sólo se podrá mencionar en ella a los socios comanditados).-
Cláusula 2ª: El domicilio legal y social de la misma será el de la calle ............ N° ............ , de la ciudad de ............ ,ptdo. de ............ , sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, corresponsalías o representaciones en el interior o exterior del país.-
Cláusula 3ª: La sociedad tendrá por objeto la fabricación, distribución y venta al por menor o al por mayor de ............ , pudiendo celebrar válidamente todos los actos y contratos tendientes al desarrollo de sus fines.-
Cláusula 4ª: La sociedad se constituye por el término de ............ años a. contarse a partir de la fecha de celebración del presente contrato.-
Cláusula 5ª: El capital social será de pesos ............ ($ ............ ) y es aportado de la siguiente forma. El Sr. ............ socio comanditario la suma de pesos ............ ($ ............. ), el Sr. ............ socio comanditario la suma de pesos ............ ($ ............ ) el Sr. ............ , socio comanditado, la suma de pesos ............ ($ ............ ) el Sr. ............ , socio comanditado; la suma de pesos ............ ($ ............ ) Integrándose en este acto y en dinero en efectivo.-
Cláusula 6ª: La dirección, administración y uso de la firma social estará a cargo de los socios comanditados indistintamente, quienes podrán válidamente, en el ejercicio de estas facultades, celebrar contratos y concluir toda clase de actos jurídicos lícitos para lograr el objeto social, para ello pueden comprar, vender, ceder permutar, locar, transferir o gravar, cualquier bien mueble o inmueble perteneciente a la sociedad. Asimismo pueden realizar todas las operaciones que crean convenientes con las instituciones bancarias, públicas, mixtas o privadas o Compañías de Crédito, abriendo cuentas corrientes, realizando o extrayendo depósitos, etc. Puede además conceder y otorgar mandatos administrativos o judiciales para que terceros representen a la sociedad, debiendo rendir cuentas de las operaciones o transacciones que hubiera dado lugar dicho mandato, debiendo responsabilizarse por los daños y perjuicios que éstos pudieran producir.-
Cláusula 7ª: Los socios comanditados no pueden realizar ninguna operación en interés encontrado con los de la sociedad, por sí o por terceros, salvo que exista acuerdo expreso, por escrito, entre todos los socios comanditarios y comanditados autorizándolo a realizar dicha operación.-
Cláusula 8ª: Si bien la .administración estará a cargo de los socios comanditados, los socios comanditarios tendrán derecho, por sí o por interpuestas personas, a vigilar la marcha de la sociedad examinando los libros pertinentes. El socio comanditario no puede ejercer la administración de la sociedad ni en uno ni en todos los actos de la misma sin perder la limitación de su responsabilidad. El socio comanditario que realizara actos determinados de administración se responsabilizará solidaria e ilimitadamente por los resultados de dichos actos; en caso de que la asunción de la administración sea habitual, la responsabilidad se extenderá a todos los actos que realiza la sociedad.-
Cláusula 9ª: Cualquier socio comanditado podrá ser removido de la administración de la sociedad sin justa causa, cuando así lo determine la mayoría del capital comanditario. En caso de no existir otro socio comanditado que ejerza la dirección y administración de la sociedad la misma deberá regularizar su situación incluyendo otros socios comanditados o transformando a alguno de los socios comanditarios en comanditados en un plazo no mayor de tres meses, caso contrario todos los socios serán considerados como comanditados (El plazo está dado por el art. 140 de la Ley 19.550).-
Cláusula 10ª: La remuneración mensual de los socios comanditados por la administración de la sociedad será fijada en ............ % del capital social y es independiente la repartición de las ganancias que pudieran corresponderle, en ella se incluyen los gastos que el socio comanditado haya efectuado en representación de la sociedad.-
Cláusula 11ª: Toda resolución deberá hacerse por mayoría del Capital, con excepción de la modificación del contrato social, y la inclusión y transferencia de las cuotas sociales que necesitan la aprobación de todos los socios.-
Cláusula 12ª: El día ............ de ............ de cada año se realizará el Balance Anual, Inventario y el estado de resultados de pérdidas y ganancias. Estos deberán someterse a la aprobación de los demás socios, dentro de un plazo máximo de............ . días contados a partir de la fecha de cierre del ejercicio. Previa deducción de las reservas, provisiones, amortizaciones y demás previsiones, la ganancia resultante se distribuirá entre los socios conforme a los siguientes porcentuales: el ............ % será distribuido en partes iguales entre los socios comanditados y el resto, o sea el ............ % será distribuido entre los socios comanditarios conforme al porcentual de cuotas partes del capital que posean.-
Cláusula 13ª: La sociedad se disolverá en los siguientes casos :
a) Por expiración del período de duración, conforme a la cláusula 4ª del presente, pudiendo prorrogarse por un período igual o menor con la aprobación por escrito de todos los socios comanditados y comanditarios, debiéndose inscribir dicha resolución ante el Registro Público de Comercio y la Inspección General de Justicia;
b) Por la pérdida de más del ............ % del capital social.-
Cláusula 14ª: Las pérdidas serán soportadas en la forma proporcional a las cuotas partes del capital social que posea cada uno, no pudiendo distribuirse las ganancias hasta no saldar los quebrantos de los ejercicios anteriores.-
Cláusula 15ª: En caso de fallecimiento o incapacidad de un socio comanditario, se efectuará un balance general dentro de los ............ días que ello ocurra y el importe resultante más el saldo de su cuenta particular, se abonará a sus herederos y/o representantes en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con más un interés del ............ %., a contar desde ............ meses de la fecha de aprobación del balance. De resultas de ello, los socios solidarios podrán optar entre aceptar un nuevo socio comanditario o invertir de su peculio la suma reintegrada a los herederos y/o representantes del socio comanditario fallecido o declarado incapaz..-
Cláusula 16ª: En caso de disolución de la sociedad, los socios por mayoría de capital designarán al liquidador. Previo pago de las obligaciones sociales, el haber resultante se dividirá entre los socios en proporción al capital aportado. El socio comanditado, Sr. ............ deberá guardar la documentación perteneciente a la sociedad por el término de ............ años.-
Cláusula 17ª: Para el caso de divergencia entre los socios, todas las cuestiones que surjan de este contrato o sus efectos emergentes serán dirimidos por vía judicial ante los Tribunales Ordinarios en lo Comercial del Departamento Judicial de ............ , con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. De conformidad el día ............ de ............ de ............ , en la ciudad de ............ se firman ............ ejemplares del .mismo tenor y a un solo efecto.